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El fallo, que ha sido hoy comunicado a la Asociación de Víctimas del Amianto (AVIDA), de fecha 21 de octubre de 2013, confirma la sentencia de la Juez de instancia en la que se condenaba a las empresas Uralita S.A y Uralita Sistemas de Tuberías S.A. (filial de la primera) dictada en Madrid el 14 de octubre de 2009.

En la sentencia de 2009 venía a condenar a Uralita por encontrarla responsable de las enfermedades contraídas por 14 trabajadores de la planta de Getafe y por la esposa de uno de ellos; de esos 14 trabajadores 9 ya han fallecido víctimas de las enfermedades producidas por la inhalación de amianto. Ahora esta sentencia ratifica tal decisión basándose en que «La normativa legal pasó de regular a prohibir su uso, por ser la causa principal de enfermedades como el mesotelioma y la asbestosis, además incrementa el riesgo de padecer cáncer de pulmón y patologías pleurales no malignas.

En España, la producción, el empleo y la comercialización del amianto quedó definitivamente prohibida el 15 de diciembre del año 2002, si bien desde el año 1947 la asbestosis ya estaba catalogada como enfermedad profesional. En el año 1957 se prohibió a las mujeres y a los menores de 18 años el trabajo en talleres en los que se desprendiera polvo de amianto, cita la numerosa normativa que desde el año 1961 hasta el año 2006 regula las enfermedades profesionales y las condiciones de trabajo en la manipulación de estos minerales, incluyendo la normativa de la Unión Europea y los convenios de la OIT, así como normativa de medio ambiente.»

«Añade que Uralita sabía desde el año 1947 que el polvo de amianto era peligroso y  no adoptó ninguna medida de protección hasta bien entrados los años 70, amparada en una regulación absolutamente obsoleta y permisiva con el empresario.»

Reconoce que «… al principio no se conocían todas las enfermedades que provocaban el amianto aunque sí, la asbestosis y dicho conocimiento ha ido creciendo según han avanzado las investigaciones. Pero efectivamente se generó un riesgo que además obtuvo compensaciones económicas a la empresa.»  Establece que en aquellos tiempos «se podía conocer que la actividad relacionada con el amianto producía graves riesgos para la salud. La diligencia requerida exige todas las medidas necesarias para prevenir el evento dañoso, no sólo las reglamentarias y de la prueba practicada por las demandadas no se deduce que esas medidas adicionales se tomaran, y si se hizo no fueron suficientes como puede observarse por las consecuencias.»

La Asociación de Víctimas del Amianto muestra su satisfacción por este fallo, que señala a la empresa Uralita S.A. culpable de provocar enfermedad y muerte a trabajadores de sus factorías y a sus familiares; no obstante queremos denunciar que cuando las consecuencias del uso del amianto están sobradamente probadas y en toda Europa Occidental se están creando fondos de compensación para que las víctimas no se vean abocadas a reclamar sus derechos por la vía judicial, en España se siguen ocultando las cifras de personas que han estado en contacto con el amianto y que por tanto o están enfermas o lo pueden estar en el futuro.

Por lo tanto las cifras oficiales en España muestran un claro subregistro de personas afectadas. Normalmente los organizaciones implicadas en el seguimiento de los efectos del amianto utilizamos estimaciones basadas en la comparación con otros países europeos y tomando en consideración las toneladas del mineral importadas y el número de personas afectadas.

La ausencia de un registro nacional de personas afectadas y de un registro nacional de mesoteliomas impiden que el problema del amianto en España sea considerado un problema de salud pública, que se tomen las medidas necesarias para proteger la salud de las personas y que las víctimas del amianto sean atendidas adecuadamente.

La ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DEL AMIANTO DE MADRID junto al resto de asociaciones de la Federación Española de Asociaciones de Víctimas y Colectivos del Amianto (FEDAVICA) y a los sindicatos va a continuar informando y asesorando a las víctimas y reclamando a los Gobiernos Autonómicos y al Gobierno Central que su posición junto a las personas afectadas sea clara y definitiva, creando un Fondo de Compensación para las Víctimas, extendiendo la atención sanitaria a todas las personas expuestas, protegiendo la salud de las personas todavía hoy expuestas al amianto en los centros de trabajo y en los hogares y fijando una fecha tope para retirar el amianto instalado, como la recomendada por la Unión Europea, en la que España pueda ser declarada libre de amianto.

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